¿QUIÉNES SOMOS?
ESTATUTOS
Artículo 1. Créase una Fundación, sin fines de lucro, regida por las normas del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, por las disposiciones contenidas en la Ley N°20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, o por la disposición legal que la reemplace, y por los presentes estatutos, que tendrá como domicilio la Comuna de Las Condes, Provincia de Santiago, de la Región Metropolitana; sin perjuicio de las sedes, filiales y establecimientos que pueda formar en otros puntos del país.
ESTATUTOS
Artículo 4. La Fundación no subordinará su labor a objetivos o intereses partidistas, manteniendo total independencia de todo partido político. En este sentido, la Fundación no podrá participar en campañas a favor o en contra de candidato a cargo de elección popular alguno, así como tampoco podrá manifestarse a favor o en contra del gobierno de turno, de algún parlamentario en ejercicio ni de alguna otra autoridad democráticamente electa.